Actualidad · septiembre de 2026
Cada mes vence al menos una declaración y la fecha no es la misma para todos: depende del último dígito del RUC. Es un dato simple que, mal organizado, se convierte en multa más intereses.
La mayoría de atrasos se resuelven con subsanación voluntaria, siempre que SUNAT no te haya notificado antes.
Cómo se organiza el calendario
Las obligaciones mensuales (IGV, renta, retenciones) vencen en la segunda mitad del mes siguiente, y las anuales tienen su propio cronograma. Lo que conviene tener por escrito es tu fecha exacta y la de tus principales obligaciones.
- ✔Último dígito del RUC: define tu fecha de vencimiento mensual.
- ✔Obligaciones anuales y declaraciones informativas (planilla, beneficiario final, entre otras).
- ✔Retenciones y percepciones que te hayan practicado en el mes.
- ✔Vencimientos locales: tributos municipales y tasas que paga tu empresa.
Si ya estás fuera de plazo
Presenta la declaración cuanto antes: el silencio agrava la situación. La asesoría tributaria evalúa la subsanación, el fraccionamiento y la gradualidad, y calcula el escenario antes de que el pago se acumule.
Qué hacer ahora
- ✔Anota tu fecha de vencimiento según el dígito de tu RUC.
- ✔Programa un recordatorio cinco días antes, no el mismo día.
- ✔Si te atrasas, declara igual y regulariza el pago.
- ✔Archiva las constancias de presentación y de pago.
¿Quieres que llevemos tu calendario tributario?
Con la asesoría tributaria te avisamos antes de cada vencimiento y presentamos todo dentro del plazo.
Ver asesoría tributaria →Fuentes oficiales
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